martes, 20 de abril de 2010

La economía y el ánimo de lucro por sobre el derecho a la vida

La Corte Internacional de La Haya dictó sentencia sobre el conflicto entre Argentina y Uruguay por la instalación y funcionamiento de las pastera finlandesa Botnia. Su dictámen tiene carácter de inapelable.

En una decisión que podría ser considerada como controvertida e insuficiente, el Supremo Tribunal Internacional se pronunció a favor de que la papelera Botnia continúe operando en las márgenes del río Uruguay, pese a reconocer que el país charrúa violó el tan mentado Tratado del Río Uruguay.
Según el citado documento, que data de 1976, cada Estado se compromete a dar aviso a la contraparte de sobre la instalación de una industria semejante que pudiere afectar al medio ambiente. Veamos:

Art. 7 - La Parte que proyecte la construcción de nuevos canales, la modificación o alteración significativa de los ya existentes o la realización de cualesquiera otras obras de entidad suficiente para afectar la navegación, el régimen del Río o la calidad de sus aguas, deberá comunicarlo a la Comisión, la cual determinará sumariamente, y en un plazo máximo de treinta días, si el proyecto puede producir perjuicio sensible a la otra Parte.
Si así se resolviere o no se llegare a una decisión al respecto, la Parte interesada deberá notificar el proyecto a la otra Parte a través de la misma Comisión.
Art. 8 - La Parte notificada dispondrá de un plazo de ciento ochenta días para expedirse sobre el proyecto, a partir del día en que su Delegación ante la Comisión haya recibido la notificación...
 Art. 9 - Si la Parte notificada no opusiere objeciones o no contestare dentro del plazo establecido en el artículo 8, la otra Parte podrá realizar o autorizar la realización de la obra proyectada.
Art. 10 - La Parte notificada tendrá derecho a inspeccionar las obras que se estén ejecutando para comprobar si se ajustan al proyecto presentado.

Eso en lo que hace a la faz procesal del asunto. En cuanto a lo más impotante, la contaminación ambiental -que los asambleístas de Gualeguaychú aseguran como evidente y que condenan de manera enérgica-, la Corte consideró que no fue debidamente probado el daño ambiental y argumentó que el tema correspondiente a los malos olores emanados desde la pastera finlandesa ubicada en las costas de Fray Bentos, no eran de su estricta competencia.

Como puede verse, este tema parece destinado a no encontrar jamás una solución adecuada que permita zanjar definitivamente la cuestión. Por su parte, los asambleístas escucharon atentamente el fallo y mostraron rápidamente su disconformidad con el contenido, y por ello no descartan permanecer en el corte del paso internacional que une las localidades de Gualeguaychú (Argentina) y Fray Bentos (Uruguay).

Quedará pendiente entonces, y será tarea de cada uno de los gobiernos involucrados el llegar a una solución que beneficie a ambos; que, a la vez, tienda a la protección del medio ambiente y la defensa del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado (algo que aquí parece haber sido postergado a favor de intereses económicos); y que, finalmente, logre recomponer las relaciones bilaterales entre estos dos países hermanos, que habían quedado maltrechas desde 2006. Así las cosas, esta historia -lamentablemente- continuará...

EZEQUIEL E. BATTISTELLA


2 comentarios:

  1. Se me ocurren algunas preguntas, salidas de mi más profunda ignorancia:

    ¿de quién sería la competencia de los malos olores?
    ¿cuáles fueron las pruebas que consideraron que no probaban debidamente nada?
    La pastera puede seguir operando ¿en las mismas condiciones con las que venía haciéndolo hasta ahora?
    ¿A favor de qué intereses económicos se posterga la resolución que beneficie a todos? Si, es obvio, pero no deja de ser interesante su ampliación.

    ¿Hay antecedentes de casos similares en el mundo?

    O sea que la única beneficiada en todo este asunto, fue Evangelina Cardozo...

    después sigo pensado...ahora me voy a dormir je

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  2. Lu:
    Gracias por tu visita. Pero creo que te faltaron un par de preguntas: ¿qué es una pastera? y ¿cómo se irá a resolver este bendito dilema?
    Ahhh...y yo tengo otra para hacerte a vos. ¿Me podrías explicar quién es esa tal Evangelina "Cardozo"? Me suena de algún lado, no sé por qué...jeje.

    Saludos

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